REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal Itinerante en funciones de Ejecución 02
Circuito Judicial Penal del Estado Sucre- Ext. Carúpano
Carúpano, 09 de Febrero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RL11-P-1999-000027
ASUNTO: RL11-P-1999-000027
AUTO DE NUEVO CÓMPUTO
Revisada como ha sido el presente asunto penal seguida al penado GIOVANNY RAFAEL MATA ROJAS, hágase el NUEVO COMPUTO, del tiempo de pena cumplido de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 Ordinal 2 del Código Orgánico procesal Penal, evidenciándose en la presente causa que el referido penado fue sentenciado a cumplir una pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, constando en autos que está detenido desde el día 10-01-1994, hasta el día 18-12-1995, fecha en la cual se le concedió el beneficio de libertad bajo fianza, y desde el día 27-11-1996 ingresó nuevamente al Internado judicial de ésta ciudad hasta el día 19/02/2000 fecha en la que se le otorgó el beneficio de libertad condicional por medida humanitaria, la cual le fue revocada el día 11-10-00, fue detenido nuevamente el día 04-06-2002 hasta la presente fecha tiene detenido NUEVE (09) AÑOS, CINCO (05) MESES, VEINTISIETE (27) DÍAS, que sumado al tiempo de redención por el Trabajo y estudio, es decir UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES, CUATRO DÍAS Y DOCE (12) HORAS, resulta un tiempo de pena cumplida de ONCE (11) AÑOS CINCO (05) MESES Y UN (01) DÍA, faltándole por cumplir TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES CINCO (05) DÍAS, DOCE (12) HORAS que vencerá el día 30-08-2.009, a las 12:00 M. Con relación a la formula alternativa de cumplimiento de penas ¼ parte de la pena la cumple el día 07-06-1998 a las 12 M, 1/3 de la pena la cumple el día 07-09-2001 a las 12 M, las 2/3 parte de la pena las cumple el día 07-09-2.004 a las 12 M, las ¾ parte de la pena las cumple el día 07-12-2.005, a las 12 M. Notifíquese a las partes.
La Juez Itinerante de Ejecución.
Abg. Jennys Mata Hidalgo
El Secretario
Abg. Jesús E García