REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná

Cumaná, 20 de febrero de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2005-000069
ASUNTO : RP01-D-2005-000069

Visto el escrito suscrito por la Abg. MILDRED GUERRA, en su condición de Defensora Pública del adolescente ; ampliamente identificado en la presente causa; mediante el cual solicita que el régimen de presentaciones que cumple el referido adolescente por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal se realicen por ante el Comando Policial de Marigüitar; en virtud que el mencionado adolescente reside en esa población; asimismo solicita que se amplíe el régimen de dichas presentaciones a cada quince (15) días. Este Tribunal para decidir observa: PRIMERO: Que el adolescente de autos, viene presentándose desde el 05 de abril del año 2005, es decir, lleva presentándose diez meses. SEGUNDO: alega la solicitante, que el adolescente de autos reside en la población de Mariguitar y que se presenta cada cinco (05) días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; TERCERO: De la revisión a la causa se observa, que el adolescente hasta la fecha ha dado cumplimiento a los llamados de este Tribunal y ha cumplido con las presentaciones impuestas. En virtud de lo expuesto este Tribunal considera procedente cambiar el lugar del régimen de presentación y que en lo adelante el adolescente de autos se presente por ante el Comando Policial de Marigüitar; igualmente considera procedente este Tribunal, ampliar el lapso de presentaciones del adolescente de autos, debiéndose presentar cada quince (15) días por ante el Comando antes indicado; Por todo lo indicado, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda con lugar lo solicitado y fija como lugar del régimen de presentación impuesto al adolescente , venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-20.344.931, de 15 años de edad, hijo de Nancy Josefina Rodríguez, de oficio comerciante informal, nacido en fecha 26-04-1989, residenciado en Mariguitar, Sector Villa del Río, casa S/N°, de bloque, cerca del Bar “El Remanso”, al lado de la Bomba; a presentarse por ante el Comando Policial de la población de Mariguitar y se le amplia el lapso de presentaciones, debiéndose presentar cada quince (15) días por ante el Comando antes indicado. Notifíquese a las partes. Líbrese oficio a la Unidad de Alguacilazgo, informándole acerca de esta decisión y al Comandante de Policía de la población de Mariguitar, en el que se indique que el prenombrado adolescente se presentará por ante ese Comando policial. Líbrese lo ordenado. Cúmplase.
La Juez Primero de Control

Abg. Zulay Villarroel de Martínez

La Secretaria

Abg. Yamilet Delgado García