REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN


ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2001-000065
ASUNTO : RL01-P-2001-000065



Visto el petitorio de la defensora pública Dra. Susana Boada de Martínez, donde solicita que sea exhortado un juez del Estado Anzoátegui, lugar donde el penado Cándido José Rondón, se encuentra cumpliendo pena.
Ahora bien, por cuanto petitorio es procedente, y entendiendo este juzgador que la vigilancia del cumplimiento de la pena realizada por un juez cercano al penado podría garantizar de manera efectiva los derechos fundamentales del penado, los cuales no llega a perder por el hecho de ser condenado penalmente.

Es por todo lo antes considerado que este Juzgado Segundo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, ACUERDA: exhortar a un Juez de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a fin de que provea lo conducente en el seguimiento del cumplimiento de pena; inclusive lo relacionado con el otorgamiento de los posibles fórmulas alternativas al cumplimiento de pena, a los que tenga derecho el ciudadano Cándido José Rondón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.816.496, debiendo informar a este despacho cualquier situación que se presente. Todo de conformidad a lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ofíciese al Juzgado de Ejecución del Barcelona Estado Anzoátegui, notifíquese a las partes y ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de Anzoátegui y remítase al Juzgado de Ejecución de Barcelona copias certificada de la sentencia y del auto de ejecución de la misma.
Todo con fundamento a lo previsto en el artículo 479 del Código orgánico Procesal Penal