REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-000302
ASUNTO : RP01-P-2006-000302


AUTO ACORDANDO MEDIDA DE PROTECCIÓN

Visto el escrito de solicitud de Medida de Protección de fecha 14-02-2006, interpuesto por el Abg. Luis Antonio Garreta Ávila, en su carácter de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita Medida de Protección, a favor de la ciudadana : ZORAIDA DEL VALLE GARCIA VALLENILLA, titular de la cedula de identidad Nro.- V-6.304.202, este Tribunal Segundo de Control antes de decidir observa - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
A) Que en fecha trece (13) de Febrero del presente año, compareció la ciudadana: ZORAIDA DEL VALLE GARCIA VALLENILLA, venezolana, de 41 años de edad, casada, de profesión u oficio obrera, titular de la cedula de identidad Nro.- V-6.304.202, residenciada en la calle Falcón, casa Nro- 42, sector San Lorenzo, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, acudió ante la Unidad de Atención a la victima del Ministerio Público, donde expuso lo siguiente: “ La Fiscalia Tercera del Ministerio Público lleva el Expediente 19-F3-1C-0010-06, donde yo soy la victima, y el imputado es mi esposo Cesar Velásquez, pero es el caso que yo tengo mucho miedo por mi vida por que este señor se ha puesto mas violento, me amenaza con matarme, me persigue, se presenta en la casa de mi mama donde estoy viviendo con mis hijas, causa destrozos, me vigila, ya no puedo ni salir a trabajar por miedo por que me espera en la esquina, yo firme con él varias Cauciones y Actas Conciliatorias en la Fiscalia Segunda, pero el no cumple y persiste en sus amenazas, la Fiscalia Tercera esta adelantando el caso, pero necesito que me den Protección, porque ya no aguanto y tengo miedo de que cumpla sus amenazas, por eso acudo a esta oficina para que me den Protección, además el se emborracha y luego no se acuerda de lo que hace y bajo ese estado capaz que me mata, tampoco puedo acudir a mi trabajo por miedo que me vea salir de la casa y me agarre, mis hijas también están muy nerviosas por esta situación. Es todo.
B) Que es derecho de la víctima solicitar protección cuando se sienta amenazada o agredida por haber denunciado un hecho punible.
C) Que es obligación del Estado venezolano proteger a las víctimas de hechos punibles.
En consecuencia este Tribunal Segundo de Control, acuerda decretar Medida de Protección a favor de la victima: Zoraida del Valle García Vallenilla, venezolana, de 41 años de edad, casada, de profesión u oficio obrera, titular de la cedula de identidad Nro.- V-6.304.202, residenciada en la calle Falcón, casa Nro- 42, sector San Lorenzo, Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, la cual consiste en:
1) En oficiar al Comandante General de la Policía del Estado Sucre, a los fines de que imparta instrucciones, para que funcionarios pertenecientes al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, específicamente los destacados en el Destacamento Policial Nro.- 12, con sede en la Población de Cumanacoa, Municipio Montes del Estado Sucre, durante los fines de semana, patrullen en las inmediaciones del domicilio de la víctima y le practiquen recorridos policiales y visitas domiciliarias permanentes, así como estar prestos a auxiliar con carácter de urgencia ante cualquier llamado de la víctima o de su grupo familiar les hagan por un lapso de seis (06) meses.
2) Notificarle de conformidad con el artículo 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 30 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Es Todo. Remítase oficio dirigido al Comandante General de Policía del Estado Sucre, Librase boleta de notificación a la victimas y a la Fiscalía Superior del Ministerio Público. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalia Superior en su oportunidad legal.
El Juez Segundo de Control
Abg. Oscar Henríquez


La Secretaria,
Abg. Rosa Maria Marcano,