REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 30 de Enero del 2.006.-
195º y 146º
SOL. N° 4.793

SOLICITANTE: PRAGEDES EMELINA VALDIVIEZO, titular de la
Cédula de Identidad N° 6.609.556.

APODERADO: No Otorgo

DOMICILIO PROCESAL: No constituyo.

MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: PRAGEDES EMELINA VALDIVIEZO, Venezolana, mayor de edad, domiciliada en Cangrejal, Parroquia Tavera Acosta, Municipio Andrés Mata, del Estado Sucre, titular de la Cedula de Identidad Nº 6.609.556, y visto igualmente el pedimento que hace por ante éste Tribunal para que se le conceda TITULO SUPLETORIO, sobre un lote de terreno ubicado en el Asentamiento Campesino Casanay - Puerto Chacaracual, Sector Cangrejal, Parroquia Tavera Acosta, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, con una superficie de Cinco Hectáreas (5 has) cuyos linderos son los siguiente: NORTE: Vía agrícola que conduce a Cangrejal; SUR: Parcela que es o fue de Enrique García; ESTE: Parcela que es o fue de Enrique García; y OESTE: Carretera nacional Casanay – Carúpano. El referido lote forma parte de mayor extensión de terreno, antes patrimonio del Instituto Agrario Nacional; y por cuanto de las declaraciones rendidas por los testigos por ante este Tribunal los ciudadanos: TINEO MARTÍNEZ ALBERTO y ANTONIO AQUILINO TINEO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.942.401 y 2.645.257, respectivamente, se demuestra el derecho o pretensión del solicitante.-
Este Tribunal acatando lo que establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara TITULO SUPLETORIO, suficiente a favor de la ciudadana: PRAGEDES EMELINA VALDIVIEZO, sobre el referido lote de terreno, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide.-
La Juez,

Abog. Susana García de Malavé.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez.
Constante en Ocho (08) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Aracelis Teresa Martínez.
SGDM/Atm/ecm.-
Sol. 4.793.-