REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 26 de Enero del 2.006
195° y 146°

Exp. N° 14.274

DEMANDANTE: PEDRO JULIAN CEDEÑO, Titular
de la Cedula de Identidad N°
2.674.120.

APODERADO: No otorgó Poder.


DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.

DEMANDADO: JOSE GREGORIO GONZALEZ, titular de la
Cédula de Identidad Nº 12.290.391.

APODERADO (S): No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Principal de Playa Grande,
Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del
Estado Sucre.

MOTIVO: EVICCION.

SENTENCIA: Interlocutoria.

Vista la diligencia que antecede suscrita por el ciudadano PEDRO JULIAN CEDEÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.674.120, asistido por el Abogado en ejercicio PEDRO MARIN MATA, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 489, parte demandante en el presente juicio, y visto igualmente el Desistimiento suscrito en la misma, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el Desistimiento de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez.


SGDM-mmg.
Exp. N° 14.274