REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 20 de Enero del 2006
195° y 146°

Exp. N° 15.137

DEMANDANTE: PEDRO ZABALETA, titular de la Cédula de
Identidad Nº 3.027.656.

APODERADO: Abg. MIRNA SALAZAR, inscrita en el
Inpreabogado bajo el Nº 35.566.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Carabobo, Nº 183, de esta ciudad de
Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.

DEMANDADO (S(: FADIA ALI ABOU OMAR DE SAUYOR, YOUSSEF
AHAMAD SAUYOR y YOEL MALAVE, titulares de
las Cédulas de Identidad Nros. 10.881.093,
10.222.870, los dos primeros.

APODERADO: No otorgaron Poder.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Juncal, frente a la Plaza Bolívar de
esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez
del Estado Sucre los dos primeros, y en la
Calle Los Cocos de Guayacán de Las Flores
Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el
último.

MOTIVO: INTERDICTO DE OBRA NUEVA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la anterior diligencia suscrita por la Abogada en ejercicio MIRNA SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.560, con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano PEDRO ZABALETA, y visto el documento original en el cual constituye Hipoteca de Primer Grado sobre Una (1) Parcela de Terreno propiedad de su representado, ubicada en la Calle Juncal, frente a la Plaza Bolívar Nº 268, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, el cual mide Doscientos Veintidós Metros Cuadrados con Cincuenta centímetros (222,50 Mts²), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Con casa que es o fue de los Hermanos Núñez, hoy propiedad de Fadia Abou Sayour y Youssef Sayour; SUR: Con casa de José Gregorio Salcedo; ESTE: Con la Avenida Juncal con una medida de Nueve Metros (9 mts.) y OESTE: su fondo con casa que es o fue de Miguel Millán, cuyo título de propiedad debidamente Autenticado por ante el Juzgado del Municipio Bermúdez del Estado Sucre en fecha 22 de Julio del año 1.983, anotado bajo el Nº 157, folios 1 al 2 y vuelto, del Tomo 2, de los Libros de Autenticación llevados por ese Tribunal, asignado con la ficha catastral 01-02-13-09, por la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLÍVARES, a favor de los ciudadanos FADIA LI ABOUT OMAR DE SAUYOR y YOUSSEF AHAMAD SAUYOR, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. 10.881.093 y 10.222.870; la cual se ordena agregar a los autos lo que se cumple en este mismo acto, Asimismo el Tribunal acepta la misma y en consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Medida de Prohibición de continuar la Obra Nueva, sobre un Inmueble ubicado en la Calle Juncal, frente a la Plaza Bolívar, identificado con el Código catastral Nº 01-02-13.08, propiedad de los ciudadanos Fadia Abou Sauyor y Youssef Sayour, alinderada de la siguiente manera: Norte, con casa que es o fue de Marina Gamboa con una medida de 32,54 metros; Sur, con casa que es o fue de Marina Zabaleta, con una medida de 32,54 metros, Este, Su frente con Calle Juncal, con una medida de 10,14 metros y Oeste, su fondo con casa que es o fue de Ana Regnault, con una medida de 9,60 metros para un área de 321, 17 M², de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 713 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. En tal virtud, se comisiona al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Bermúdez, Arismendi, Andrés Mata, Benítez y Libertador, del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez. En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado anteriormente.
La Secretaria Acc.,

Aracelis Teresa Martínez.


SGDM-mmg.
Exp. Nº 15.137