REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE – GUIRIA
Güiria, 17 de Enero de 2006
195° y 146°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por los ciudadanos Abogados PEDRO ALEXANDER SANDOVAL FIGUEROA; actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, y NEREIDA ACOSTA RODRIGUEZ, en representación de la parte demandada, Inpreabogados N° 40.341 y 63.084, respectivamente; el Tribunal le imparte su aprobación en los mismos términos expuestos por ellos en el presente juicio. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Valdez, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción presentada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el Archivo del expediente. Cúmplase.-
EL JUEZ,
AB. GABRIEL ANGEL BONILLA
LA SECRETARIA
DAMELIS JOSEFINA BETANCOURT B.
En esta misma fecha se cumple con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
LA SECRETARIA
DAMELIS JOSEFINA BETANCOURT B.
GABM/Olitza Zorrilla. Asistente.-
Exp 879-01
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