T.P de Ejec.Sec.Adolesc.del Edo Sucre- Ext.Carúpano
Carúpano, 20 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2004-000038
ASUNTO: RP11-D-2004-000038

ACTA DE AUDIENCIA DE REVISIÓN DE MEDIDA

En el día de hoy 20 de Enero de 2006, siendo las 8:45 AM, se constituyó en la Sala de Audiencia N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes, conformado por el Juez Abg. Sergio Sánchez Díaz y el Secretario de Sala Abg. Elizabeth Suárez, a los fines de llevar a cabo la Audiencia de Revisión de Medidas en el asunto arriba numerado, seguido al Sancionado Omissis . Se verificó la presencia de las partes, encontrándose presente el Fiscal Sexto del Ministerio Público, Abg. Moraima Goyo, el sancionado, Omissis, la Defensora Pública, Abg. Lisbeth Marcano, y la Lic. Haidé Carolina Hernández (Psicóloga). Seguidamente el juez le concede la palabra a la defensora: la cual le concedió la palabra al equipo técnico Lic. Ana Rodríguez (Psicóloga) quien expuso: Omissis, viene cumpliendo con esa medida de libertad asistida dese marzo 2005 ,él ha sido responsable en todas las secciones, cuando no ha podido venir justifica su ausencia, asume el consumo de drogas desde una temprana edad; hace un esfuerzo por cumplir las normas, ha tenido interés por mantenerse activo, ya que tiene una responsabilidad como padre, es un logro alcanzado, desde el punto de vista psicológico el se puede mantener, es un joven independiente, tiene su pareja la cual está embarazada, es un perfil tradicional avanzado, le faltan dos meses para terminar esa medida. “Es todo. Seguidamente y en cumplimiento a lo establecido al artículo 542 de la LOPNA se le concede la palabra al adolescente, Omissis conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, numeral 5° y expuso: “ a mi me gustaría a venir a presentarme, pero en el trabajo yo pido mucho permiso, la gente del trabajo me dice que yo pido mucho permiso, yo quiero que me quiten esa presentación ya que si sigo así no voy a poder seguir trabajando, yo creo que es difícil seguir presentándome, ya que me faltan dos evaluaciones y me pueden votar si vengo a presentarme .Es todo”. En vista de lo manifestado por el sancionado el Tribunal previa colaboración del equipo técnico, le concedió la oportunidad de presentarse el sábado 11- 02- 06 en horas de la mañana (a partir de las 10:00 AM.) Seguidamente el juez le otorga la palabra a la Defensora Pública, quien expone: Escuchado lo expuesto por la psicólogo y mirando el bienestar de mi defendido solicito a este Tribunal que le sea ratificada la medida de libertad asistida por el lapso que le falte. Solicito copias simples. Es todo. Seguidamente se le otorgó la palabra a la Fiscal del Ministerio Público, quien expuso: oído como ha sido lo expuesto por el equipo técnico, lo expresado por el sancionado y lo expresado por la defensa, esta representación se adhiere a lo manifestado por la defensa. Solicito copias simples. Es todo. Seguidamente el Juez toma la palabra y expone: Celebrada como ha sido la presente audiencia, oída la opinión del Equipo Técnico adscrito al Centro Socio Educativo, así como la petición de las partes, de lo expuesto por el Equipo Técnico. Por lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución, de la Sección de Adolescente, del Circuito Judicial Penal, Extensión Carúpano, observa que ciertamente el sancionado Omissis a pesar de haber sido responsable en el cumplimiento de la medida de libertad asistida y reglas de conducta consta en los informes psicosocial que el sancionado de autos no ha concientizado su situación respecto del hecho punible cometido, en lo que en razón de ello y dado que la finalidad establecida en la ley especial que este sea concientizado y a la vez reeducado sobre su proceso llevado en su contra y siendo que hasta ahora no se ha logrado lo procedente es la ratificación de la medida de libertad asistida y la cesación de la medida de reglas de conducta. Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA ratificar la medida de libertad asistida que actualmente cumple el sancionado Omissis, previamente identificado en el texto de la presente acta. Por el periodo que le queda por cumplir que son dos meses y doce días, periodo este durante el cual deberá recibir evaluación psicológica los días sábado de los meses Febrero y Marzo del presente año a las 10:00 A.M, para lo cual se hará comparecer de su concubina Yobelina Salazar, y en virtud de que ha sido constatado con el libro de presentaciones llevado por ante la unidad de alguacilazgo de este circuito judicial penal, y el sistema juris 2000, las presentaciones periódicas hechas por el sancionado se acuerda cesar la misma, todo de conformidad con lo establecido en el literal E del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Particípese al jefe de alguacilazgo de este circuito judicial pena. Líbrese oficio. Es todo terminó siendo las 9:35 AM Es todo, terminó se leyó y conformen firman.
El Juez de Ejecución La Defensora Pública
Abg. Lisbeth Marcano
Abg. Sergio Sánchez Díaz.


El Fiscal Sexto del Ministerio Público. El Acusado

Abg. Moraima Goyo


Equipo Técnico adscrito a esta Sección
de Adolescentes
Lc. Haide Carolina Hernández.



La Secretaria de Sala. Los Alguaciles.
Abg. Elizabeth Suárez