REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Carúpano, 17 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-003251
ASUNTO: RP11-P-2005-003251
AUTO DE EJECUCION DE SENTENCIA
Firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, en la Causa Signada con el N° RP11-P-2005-003251 EJECUTESE de conformidad con lo Establecido en los artículos 479, ordinal 1°, 482 y 484 todos del Código Orgánico Procesal Penal; y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el Penado Danny José Carreño Ramos, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.634.585, fue condenado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS, NUEVE (09) MESES, NUEVE (09) DIAS Y NUEVE (09) HORAS DE PRISIÓN. por los delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE LAS COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 458 del Código Penal Venezolano, mas las accesorias legales establecidas en el articulo 16 del Código Penal, pena que deberá cumplir en el Internado Judicial de esta ciudad de Carúpano Estado Sucre, constando en autos que está detenido desde el 21-07-2005 hasta el día de hoy 17-01-2006, tiene detenido CINCO (05) MESES Y DIECISEIS (16) DIAS, faltándole por cumplir SEIS (06) AÑOS, TRES (03) MESES, VEINTITRES (23) DÍAS Y NUEVE (09) HORAS, que Vencerán el día 29-04-2012 Las Formulas alternativas de Cumplimiento de Pena, las cumple: una ¼ parte el día 01-04-2007, 1/3 las cumple el día 24-10-2007, Las Dos Terceras (2/3) Partes Las cumple el 28-11-2009, las Tres cuartas 3/4 partes las cumple el día 21-08-2010 Las penas accesorias una Quinta (1/5) parte las cumple el 07-09-2013 las Penas establecidas en el articulo 16 del Código Penal como accesorias a la Prisión son: 1°.-La Inhabilitación Política por un Tiempo igual al de la Pena Principal. Notifíquese a las Partes y al Penado Junto con Boleta Informativa.
El Juez Primero de Ejecución.
Abg. Juan Figueroa Rada
La Secretaria
Abg. Wendy Valerio
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