REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
Carúpano, 5 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-000013
ASUNTO: RP11-P-2006-000013
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD.
Esta juzgadora pasa a decidir después de haber oído lo manifestado por la Fiscal del Ministerio Público, lo declarado por la imputada y lo argumentado por la defensa, y revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto, éste Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA a la ciudadana Mary del Carmen Rodriguez Martinez, venezolana, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.408.830, edad 18 años, de oficio estudiante, nacida en fecha 19-01-1987 hija de Del Valle Rodríguez y Custodio Rodríguez y domiciliada en el sector Versalles, sin número, cerca de la escuela Cristóbal, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico procesal Penal, consistente en presentaciones ínter diarias es decir un dia de por medio, por el lapso de 6 meses por ante la Unidad de Alguacilazgo de esta Extensión Judicial y prohibición de volver a cometer nuevos delitos; a solicitud de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, por encontrase incursa en la presunta comisión del delito de instigación a delinquir, previsto y sancionado en el artículo 283 ordinal 1° del Código Penal cometido en perjuicio de la ciudadana Inés Maria Morán Blanco. Así mismo se insta a la fiscal del Ministerio público a que continúe con la investigación. Líbrese oficio junto con boleta de Libertad a la Comandancia de Policía de esta ciudad. Líbrese Oficio a la unidad de alguacilazgo de esta sede. Se acuerdan las copias simples a las partes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinto de Control
Abg. Ysmenia Fernández
La Secretaria
Abg. Maria Vásquez
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