REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL.
Carúpano, 23 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-S-2003-003012
ASUNTO: RP11-S-2003-003012

AUDIENCIA ESPECIAL: ARTICULO 313 C.O.P.P.

Esta juzgadora pasa a decidir después de haber oído las solicitudes hechas por las partes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, Acuerda a la Fiscal del Ministerio Público Un plazo prudencial para la conclusión de la investigación, no menor de 30 días, ni mayor de 120 días, de conformidad con lo establecido en el articulo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en el asunto seguido a los Imputados ANGEL MIGUEL GONZALEZ, RENE EMIR ROJAS GONZALEZ, NORVEY ALFONZO MOLANO Y ROBINSON ZAPATA RAMIREZ, por la presunta comisión de los delitos ESTAFA SIMPLE, AGAVILLAMIENTO Y POSESION ILICITA DE Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio de la colectividad, asimismo se acuerda remitir al presente asunto a la Fiscalia del Ministerio Público a los fines de que concluya con la investigación. Ahora bien, en virtud de que esta audiencia ha sido diferida en varias oportunidades, por la incomparecencia de los otros imputados, de los cuales se tiene conocimiento extraoficial por el imputado presente en sala, se marcharon de esta ciudad, y siendo constante la comparecencia del imputado Ángel Miguel González, este Tribunal en base a lo preceptuado en el articulo 74 ordinal 1 del COPP, insta al Ministerio Público a que presente el acto conclusivo de manera separada respecto del imputado presente Ángel Miguel González. Librese oficio remitiéndose el presente asunto a la Fiscalia de drogas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinto de Control

Abg. Ysmenia Fernández Hernández.

La Secretaria


Abg. Maria Vásquez.