REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 31 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-005674
ASUNTO: RP11-P-2005-005674
Visto el escrito interpuesto por la Abog Sandra Kassis, en su carácter de Defensora Pública Penal del ciudadano JHONNY RAFAEL SIFONTES FARIAS, donde solicita se le acuerde a su patrocinado las presentaciones por ante una Prefectura o Comandancia de Policia de la ciudad de Puerto Ordaz, Estado Bolívar o en su defecto una presentación prolongada por un lapso de cuarenta y cinco días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano.
Ahora bien, de la revisión del sistema Juris 2000, se observa que al referido imputado, éste Tribunal, le otorgó una medida cautelar sustitutiva de libertad, consistente en presentación cada veinte días, por el lapso de seis meses, por ante la Unidad de Alguacilazgo de ésta extensión en fecha 30 de diciembre del 2005, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código penal en perjuicio del occiso Ángel De Jesús Cedeño y que el mismo ha cumplido la misma y en virtud de que el mismo reside en el Estado Bolívar, es por lo que éste Tribunal considera procedente prolongarle el lapso de presentación a cuarenta y cinco días y así se decide.
Por todo lo antes expuestos, es por lo que éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda la Prolongación de las Presentaciones al ciudadano Jhonny Rafael Sifontes Farias, quien es mayor de edad, de 27 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 15.354.771, nacido en fecha 25-07-78, con domicilio en 11 de Abril, calle la Guaira, casa S/N, San Félix Estado Bolívar, de oficio Chofer, hijo de Cástulo Sifontes y de María Farías, a cada cuarenta y cinco (45 ) días , por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Ofíciese al Alguacilazgo y notifiquese a las partes.
La Jueza Cuarta de Control
La Secretaria
Abog. Lourdes M. Salazar Salazar
Abog Mildred De Simone
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