REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Cumaná
Sección Adolescentes
Cumaná, 25 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RY01-D-2002-000007
ASUNTO : RY01-D-2002-000007
AUTO ACORDANDO UBICAR Y CAPTURAR
Revisadas las presentes actuaciones referidas al sancionado: XXXXXXXXXX y por cuanto de la misma se evidencia que el referido sancionado ha dejado de cumplir las presentaciones por ante el S.A.P.M.E.S, sin justificación alguna, Es por lo que éste Tribunal de conformidad con el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda su ubicación y captura y en consecuencia, acuerda librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a fin que ubique y capture al sancionado y lo traslade al Internado Judicial de ésta ciudad en razón que el mismo actualmente es mayor de edad. Líbrese Oficio. Así se decide. Cúmplase.
La Juez de Ejecución,
Dra. Ayskel Martínez de Muñoz
La Secretaria,
Abg. Yamileth Delgado G.