REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio Sección Adolescentes - Cumaná
Cumaná, 18 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-S-2004-005456
ASUNTO : RP01-S-2004-005456


Visto el escrito recibido en este despacho en fecha 18-01-2006, suscrito por el Dr. Manuel Cano, en su condición de Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre (E), mediante el cual expone: "… En la presente fecha, compareció por ante la unidad de atención a la victima de esta fiscalía Superior del Estado Sucre, La ciudadana ELEYDA VALLERA VALLERA…. Manifestando tal como consta en actas de entrevista anexa… el temor que siente ante las amenazas y el comportamiento hostil asumido por parte de ELIZABETH VALLERA, madre del acusado XXXXXXXXXX …por lo cual en ejercicio del derecho que le confiere el literal c) del artículo 662 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente , solicita el otorgamiento de una Medida de Protección…Por lo antes expuesto , solicito de conformidad a lo previsto en el artículo 83 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, se decrete medida de protección a favor de ELEYDA VALLERA VALLERA y su núcleo familiar a fin de garantizarles su integridad física y su oportuna participación en le proceso penal … que en caso de ser acordada la Medida aquí solicitada la misma consista en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS en el domicilio de la victima a cargo de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Sucre, específicamente los destacados en el destacamento policial N° 11 con sede en el urbanización brasil de esta ciudad, hasta tanto se celebre la audiencia oral…”
Este Tribunal antes de decidir observa, que de acuerdo a los dispositivos legales, 23, 118 y 120 numeral 4 contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal y 662 literal “c” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los mismos establecen que el Ministerio Público y los Jueces deben garantizar la debida y oportuna comparecencia de la víctima a los actos y garantizar sus derechos y respeto, así como la protección durante el proceso y dado lo manifestado por la solicitante, aunado al acta que acompaña a la presente solicitud, considera quien suscribe que los hechos narrados se subsumen en los dispositivos legales referidos up supra; por lo que este Tribunal estima conveniente declarar con lugar la solicitud realizada por el Fiscal Superior y en consecuencia ordenar los recorridos policiales y las visitas domiciliarias en la casa de habitación de la ciudadana ELEYDA VALLERA VALLERA, ubicada en la calle Miramar, cruce con Gutiérrez, casa N° 07, Municipio Sucre; en virtud de ello, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Con Lugar la medida de protección solicitada por el Fiscal Superior del Ministerio Público, a favor de la ciudadana ELEYDA VALLERA VALLERA, titular de la cédula de identidad N° 8.644.910, domiciliada en la calle Miramar, cruce con Gutiérrez, casa N° 07, Municipio Sucre. Líbrese oficio a la Fiscalía Superior y al Comandante del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, específicamente a los destacados en el destacamento policial N° 11, con sede en la urbanización brasil de esta ciudad. Cúmplase.

Arelis González Rondón
Juez de Juicio - Adolescentes

El Secretario
Dr. Aulio Duran