REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL LOPNA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control Secc. Adolesc. - Cumaná
Cumaná, 16 de enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2004-000069
ASUNTO : RP01-D-2004-000069
Visto el oficio FRPA-19F06-1er.C-0048-06, suscrito por la Abg. LISBETH PEROZO FERNÁNDEZ, en su condición de Fiscal Sexta del Ministerio Público, mediante el cual remite, constante de un folio útil, protocolo de Autopsia signado con el número 162-4129, de fecha 09-12-2005, practicada por el Dr. Ángel Perdomo, Anatomopatologo Forense, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; al adolescente quien en vida se llamara , a quien se le inició investigación por el delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, en perjuicio del ciudadano Ángel Alexander Fuentes; este Tribunal observa:
PRIMERO
El hecho objeto de la presente investigación, ocurrió el día 18 de mayo del año 2005, aproximadamente a las 2:40 pm, fecha a partir de la cual la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, inició la correspondiente investigación, presentando la acusación, por el delito que calificó como Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal.
SEGUNDO
La Representante del Ministerio Público, remitió a este Despacho oficio FRPA-19F06-1er.C-0048-06, constante de un folio útil, protocolo de Autopsia signado con el número 162-4129, de fecha 09-12-2005, practicada por el Dr. Ángel Perdomo, Anatomopatologo Forense, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas; del cual se desprende que el referido adolescente, falleció el día 01 de diciembre del año 2005, en la ciudad de Cumaná; igualmente observa esta juzgadora, que cursa inserta al folio 96, de la causa RP01-D-2005-000076, nomenclatura interna de este Tribunal, Acta de Defunción, suscrita por la Directora Municipal de Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Sucre, Abog. Nayiber Pérez, en el cual se deja constancia que el adolescente, en la ciudad de Cumaná; a consecuencia de perforación de masa encefálica, fractura de cráneo, perforación de pulmón izquierdo, heridas por arma de fuego en tórax y cráneo, según certificado de defunción N° 0867137, expedido por el Dr. Ángel Perdomo, Anatomopatologo Forense, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
TERCERO
Observa esta juzgadora, que de acuerdo a los dispositivos legales del artículo 48 ordinal 1° y 318 numeral 3, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, la muerte del imputado es causa de extinción de la acción penal y por cuanto es evidente que el adolescente tal y como consta de las Actas indicadas en los párrafos que anteceden, le es aplicable los dispositivos legales up supra indicados y en consecuencia, lo procedente es acordar El Sobreseimiento Definitivo, y Asi se declara.
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento Definitivo, en la causa seguida al adolescente, a quien se le inició investigación por el delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 472 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Ángel Alexander Fuentes. La presente decisión se fundamenta en los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 561 literal “D” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con los artículos 180 y 325 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Líbrese oficio a la Unidad de alguacilazgo indicándole el cese de la medida de presentación. Cúmplase.
La Juez Primero de Control
Abg. Zulay Villarroel de Martínez
El Secretario
Abg. Daniel Salazar