REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2001-000029
ASUNTO : RL01-P-2001-000029
REVOCATORIA DE BENEFICIO:
Visto el contenido del Informe de fecha 28-01-2.005 y 05-12-2.005, suscrito por el la Directora Encargada del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”, Maturín, Estado Monagas, donde informan a este Tribunal de la Evasión del penado ORLANDO JOSE RINCONES ASTUDILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.708.331, por un lapso mayor de 72 horas para visitar a su grupo familiar residenciado en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, calle el saco detrás de Conscripto hasta la presente fecha, declarándose actualmente como FUGADO, quien disfrutaba del Beneficio de Régimen Abierto, de fecha 03 de mayo del año 2004, cursante al folio 97 al 100, de la única pieza del expediente. La ciudadana Juez de este Juzgado se avoca al conocimiento de la presente causa. Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA REVOCARLE La Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Régimen Abierto, al Penado ORLANDO JOSE RINCONES ASTUDILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.708.331, por un lapso mayor de 72 horas para visitar a su grupo familiar residenciado en la ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por haberse EVADIDO del Centro de Tratamiento Comunitario “Francisco de Miranda”, Maturín, Estado Monagas. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 5, 479 y 512, del Código Orgánico Procesal Penal. Se Ordena Librar Boleta de Encarcelación contra el penado ORLANDO JOSE RINCONES ASTUDILLO y librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, Delegación Cumaná, para que proceda a su CAPTURA y posterior traslado al Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución,