REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 18 de Enero del 2006.
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-006215
ASUNTO : RP01-P-2005-006215


Visto el escrito presentado por la Dra. SUSANA BOADA DE MARTINEZ en su carácter de Defensor Público Penal del imputado: WILDEN JOSE VIZCAINO PATIÑO en donde le solicita a este tribunal, se le alargue el régimen de presentaciones de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que su defendido está estudiando en el Instituto E.T.C Modesto Silva, Primer Año de Mercadeo, y se le hace difícil cumplir con el régimen de presentaciones cada ocho (8) días al cual ésta sometido; este Tribunal Tercero de Control, una vez analizado el presente escrito y revisando el sistema computarizado puede observar que el referido imputado ha venido cumpliendo a cabalidad con las presentaciones que le impuso este Tribunal desde el día: 25-07-05 por el delito de: Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, a solicitud fiscal, por lo que se encuentra ajustada a derecho la solicitud que formula la defensa pública y más aún cuando la solicitud se fundamenta en el Derecho a la educación, estando obligado este juzgador como garante de los principios constitucionales en garantizar el acceso, permanencia y culminación del sistema educativo, de conformidad con lo establecido en el Artículo 103 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo consiguiente, este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, Acuerda extender las presentaciones a que está sometido el imputado: WILDEN JOSE VIZCAINO PATIÑO quien es venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 18.418.394, soltero, de 19 años de edad, nacido en fecha: 13-07-86, estudiante, domiciliado en la Urbanización Brasil, Sector II, vereda 37 casa n° 5 de esta ciudad, a cada Quince (15) días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Líbrese Boleta de Notificación a la Defensa Pública Penal, Dra. Susana Boada de Martínez, a la Fiscal Quinta del Ministerio Público y al imputado. Líbrese oficio a la unidad de alguacilazgo. Remítase las presentes actuaciones a la referida fiscalía.
El Juez Tercero de Control.
Dr: José Gregorio Morey Arcas.

La Secretaria.
Abg: Sonia Alfaro.