REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO



JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 20 de Diciembre del 2.006.
196º y 147º
Exp. N° 4.981.


SOLICITANTE: ASISCLA VICTORIA AGUILERA DE GOMEZ, Titular
de la Cedula de Identidad N° 1.916.470.

DOMICILIO: Calle 14 de Febrero, N° 119, de la ciudad de
Rió Caribe del Estado Sucre.

APODERADO: No Otorgó Poder

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.


Visto el anterior escrito presentado por la ciudadana ASISCLA VICTORIA AGUILERA DE GOMEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios del hogar, titular de la Cedula de Identidad Nº 1.916.470, domiciliada en Calle 14 de Febrero, N° 119, de la Ciudad de Rió Caribe del Estado Sucre, asistida en este acto por el Abogado en ejercicio JESUS GARCIA, inscrito en el InpreAbogado bajo el Nº 98.204, donde solicita a este Juzgado se corrija la Sentencia Interlocutoria de fecha 29-11-2.006, en virtud de que se omitió el nombre de la ciudadana: CELIA CRUZ GÓMEZ AGUILERA, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.232.755.
Es por lo que este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre; Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena la corrección de la Sentencia de fecha 29 de Noviembre del 2.006, y en tal sentido también declara Heredera del Extinto: ANGEL RAFAEL GÓMEZ LÁREZ a la ciudadana: CELIA CRUZ GÓMEZ AGUILERA, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.232.755. Así se Decide, tómese la presente Sentencia como complemento de la Sentencia Interlocutoria de fecha 29-11-2.006. Asimismo se ordena expedir copia certificada de la misma. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.


SGDM/Fv/dr.
Sol. N° 4.981.