REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 19 DE DICIEMBRE DEL 2006.
196° Y 147°
Sol. N° 4.991
SOLICITANTE: DORIS TERESA LÓPEZ DE CAMPOS, Titular de la
Cédula de Identidad N° 2.405.242.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:
Vista la solicitud presentada por la ciudadana DORIS TERESA LÓPEZ DE CAMPOS, Venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la Cedula de Identidad N° 2.405.242, y de este domicilio respectivamente y estudiadas como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: HECTOR RAMON AVILA y JHEUDYS JOSEFINA ROJAS GARCIA, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 15.113.260 y 15.883.930 respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO: CARLOS RAMÓN CAMPOS CONTRERAS a los ciudadanos: DORIS TERESA LÓPEZ DE CAMPOS; CARLOS EDUARDO CAMPOS LÓPEZ; DORELLYS MARIA CAMPOS LÓPEZ; MARCIAL JOSÉ CAMPOS LÓPEZ; JOSÉ GREGORIO CAMPOS LÓPEZ; JESÚS MANUEL CAMPOS LÓPEZ y DORIS MARBELIS CAMPOS DE HURTADO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria.
Abg. Francis Vargas.
Constante de Quince (15) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria.
Abg. Francis Vargas.
SGDM/Fv/dr.
Sol. Nº 4.991.