REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 18 de Diciembre del 2006
196° Y 147º

Sol. N° 4.992.

SOLICITANTE: MARIA LOURDES MARCANO DE RODRIGUE4Z,
Titular de la Cédula de Identidad
N° 574.501.

DOMICILIO PROCESAL: Carúpano, Municipio Bermúdez.

APODERADO: Abog. GUSTAVO JOSÉ BERMUDEZ.

MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por el abogado en ejercicio ciudadano: GUSTAVO JOSE BERMUDEZ, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 61.154, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA LOURDES MARCANO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la Cédula de Identidad Nº 574.501, y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante este Juzgado del Municipio Bermúdez de éste Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, de los testigos ciudadanos: JESUS ENRIQUE INDRIAGO LA ROSA, ZORAIDA DEL VALLE PEÑA VELASQUEZ y ANDREA ELOINA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.298.678, 6.952.874 y 4.300.190 y de éste domicilio respectivamente, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO JESUS SALVADOR RODRIGUEZ PEREZ, a los ciudadanos MARIA LOURDES MARACANO VIUDADA DE RODRIGUEZ, GREGORIA RODRIGUEZ DE FEJURE y LUIS JESUS RODRIGUEZ MARCANO, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 574.501, 4.951.871 y 6.955.486, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Francis Vargas Campos.
Constante de Veintiocho (28) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,

Francis Vargas Campos.


SGD/br.
Sol. Nº 4.992.