REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 14 de Diciembre del 2006
196º y 147°
Exp. N° 15.452
DEMANDANTE: OLGA JOSEFINA MOYA CARABALLO, Titular de la
Cédula de Identidad N° 9.456.587.
APODERADO: Abg. HEBERTO ISAAC CACHÓN MARTÍNEZ, inscrito
en el Inpreabogado bajo el Nº 98.936.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Independencia, Centro Comercial Olas
del Caribe, Nivel 2, Oficina Nº 25,
Carúpano, Estado Sucre.
DEMANDADO: CARLOS CESAR MATA REAL, titular de
la Cedula de Identidad N° 3.943.136.
APODERADO: No otorgó Poder.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Las Margaritas, entre Calle
Independencia y la Calle Carabobo s/n
diagonal a la farmacia SAAS, Parroquia Santa
Catalina, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.
MOTIVO: EJECUCIÓN DE HIPOTECA.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Visto el convenimiento suscrito entre el ciudadano: CARLOS CESAR MATA REAL, plenamente identificado en autos, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: PEDRO MOSQUEDA, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 32.584, parte demandada en el presente juicio y por la otra parte el Abogado en ejercicio: HEBERTO ISAAC CHACÓN MARTÍNEZ, inscrito en el InpreAbogado bajo el N° 98.936 parte demandante en el presente juicio; este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el presente Convenimiento. En consecuencia, se ordena levantar la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar practicada sobre el Inmueble objeto del presente juicio, y se ordena oficiar al Registrador Subalterno del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a fin de que proceda a levantar la misma. Se dá por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
La Secretaria
Abg. Susana García de M.-
Abg. Francis Vargas C.-
En la misma fecha se cumplió lo ordenado anteriormente.-
La Secretaria.
SGDM/Fvc/ajno.
Exp. Nº 15.452.