REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL, AGRARIO, MARITIMO, BANCARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Cumaná, 18 de Diciembre de 2.006
196º y 147º
Previo avocamiento de la Juez Provisorio de este Juzgado, al conocimiento de la presente causa; y vista la diligencia de fecha 28 de Noviembre de 2.006, suscrita por el apoderado Judicial de la parte demandada, abogado en ejercicio CARLOS MARCANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.301, a través de la cual solicitó a este Tribunal, se sirva enviar oficio al Director del Departamento de Recursos Humanos del Ministerio de Planificación y Desarrollo, en la ciudad de Caracas, con el objeto de que retenga la totalidad de las Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales devengados por el ciudadano Henry Cova, todo ello, haciendo uso de las facultades que le concede la ley a su representada como concubina del ciudadano antes nombrado; y habiéndose dado cuenta de la misma a la ciudadana Juez, al respecto observa:
La acción que se ventila en el procedimiento que nos ocupa, se corresponde con una reivindicación, la cual constituye una acción de naturaleza real, pues está dirigida a la recuperación de un bien por quien considera ostenta el derecho de propiedad sobre el mismo.
Dicho lo anterior, en opinión de quien suscribe, lo peticionado por el representante Judicial de la demandada, esto es, que se ordene la retención de las prestaciones sociales y demás beneficios laborales que devengó el decujus Henry Cova; no guarda relación alguna con el hecho controvertido en el presente juicio y su acreditación en autos, como si lo sería, por el contrario, el derecho de propiedad que se tenga sobre el bien inmueble objeto de la acción y siendo ello así, este Órgano Jurisdicción niega lo solicitado por el diligenciante por ser impertinente respecto de la causa de pedir de la demanda de marras y así se decide.-
La Juez Prov.,
Abg. GLORIANA MORENO MORENO
La Secretaria.,
Abg. KENNY SOTILLO SUMOZA.
GMM/yt