JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CARÚPANO




Carúpano: 05 de Diciembre del 2006
196° y 147°



EXP. Nº 4501.-
DEMANDANTE: MIGDALYS LULINA ROJAS ROJAS
DEMANDADO: PEDRO RAFAEL MENESES
MOTIVO: DIVORCIO
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (Extinguido)


Por cuanto se observa que la parte demandante, ciudadana MIGDALYS LULINA ROJAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.459.098, Domiciliada en la Av. Universitaria, sector Bello Monte, Diagonal a la antigua DISIP, Parroquia Santa catalina del Municipio Bermúdez del estado Sucre NO compareció al PRIMER ACTO CONCILIATORIO en el presente Juicio de DIVORCIO que tenía intentado contra su legítimo esposo el Ciudadano PEDRO RAFAEL MENESES venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.219.197, domiciliado en la calle Sucre Nº 64 entrando a la Población de San José de Areocuar del Municipio Andrés Mata, y estando presente en este acto La Fiscal Cuarto del Ministerio Público Aux, siendo esta la oportunidad legal para realizarse el PRIMER ACTO RECONCILIATORIO. Por lo ante expuesto Este Tribunal de Protección del Niño y del adolescente del Segundo Circuito Judicial del estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO el presente juicio. Todo de Conformidad con el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el Cierre y archivo del expediente. ASÍ SE DECIDE.


ABG., AZUCENA MATA DE ZABALA
JUEZ TITULAR DE PROTECCIÓN-SALA DE JUICIO.





LA SECRETARIA
ABG. PETRA DEYANIRA MARQUEZ




AMDZ/
EXP. Nº 4.501