REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE



REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE

Cumaná, 21 de Diciembre de 2006
196º y 147°

En cumplimiento a lo ordenado en el auto de admisión de la pieza principal, se abre el presente CUADERNO DE MEDIDAS, a los fines de proveer en relación a lo dispuesto en los artículos 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, este Tribunal de Protección conforme a la citada Ley y al Código Civil, establece como Medidas Provisionales las siguientes:

PRIMERO: LA PATRIA POTESTAD: Será ejercida por ambos padres ciudadanos: JOHANN PEREZ BENITEZ y JOSE JESUS SALAZAR PINTO.-

SEGUNDO: LA GUARDA, será ejercida por la madre ciudadana: JOHANN PEREZ BENITEZ.-
TERCERO: REGIMEN DE VISITAS: En cuanto al régimen de visitas, el padre podrá visitar a sus hijos el adolescente Se omite su nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la Lopna , cualquier día de la semana, siempre y cuando no interfiera en sus horas de descanso y escolaridad.-

CUARTO: LA OBLIGACIÓN: Se le asigna como pensión de alimento al ciudadano JOSE JESUS SALAZAR PINTO, la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (500.000,00) mensuales, quincenales o semanales de acuerdo a sus posibilidades. Los gastos escolares, médicos, navideños, recreacionales y cueles quiera otros que surjan de manera eventual, serán asumidas conjuntamente por ambos padres.-

Estas Medidas Provisionales se mantendrán hasta que concluya el juicio, salvo que la parte demandado ciudadano JOSE JESUS SALAZAR PINTO, manifiesten lo contrario, caso en el cual habrá contención y se seguirán los procedimientos previstos en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para regulación de cada una de las Instituciones Familiares, abriéndose los respectivos Cuadernos de Medidas, sirviendo el presente cuaderno para la regulación de una de ellas.-
El Juez N° 1


Abg. JESUS SALVADOR SUCRE RODRIGUEZ.

La Secretaria Temporal


Abg. NEIDA MATA.

Exp N° TP1-2983-06
JSSR.-/NM.-/russellette.-