Circuito Judicial Penal del Estado Sucre
Tribunal de Ejecución Sección Adolescente Extensión Carúpano
Carúpano, 19 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2005-000274
ASUNTO: RP11-D-2005-000274
Auto de Ejecución
Definitivamente firme como ha quedado la Decisión dictada por el Juzgado Primero de Control de esta Sección Penal de Responsabilidad del adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano en fecha 07/11/06, mediante la cual se Decretó el sobreseimiento definitivo en el asunto arriba signado seguido a OMISSIS, por la comisión de unos de los delitos contra las personas, como lo es el de lesiones personales leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de la ciudadana: OMISSIS.- Este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a la inmediata Ejecución de la presente sentencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 646 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia EJECÚTESE, y en virtud de no existir otras actuaciones que realizar, se Acuerda el archivo del mismo y su correspondiente envío al archivo central de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y custodia y posterior remisión al archivo judicial, notifíquese a las partes.
La Jueza de Ejecución
Zuleima Aguilera
La Secretaria
Abg. María Acosta
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