CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
Carúpano 14 de diciembre del 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-002327
ASUNTO: RP11-P-2006-002327

Visto el escrito presentado por la Abg. Sandra Kassis Hadid, en su carácter de Defensora Pública Penal, de los ciudadanos SORAYA MOCCO DE ORTEGA Y JONATHAN JOSE CARRION MOCCO, mediante el cual solicita a este Tribunal, traslade el lugar de las presentaciones de sus defendidos, al Estado Monagas, ya que los mismos se encuentran domiciliados actualmente en esa localidad. Que asimismo, prolongue las presentaciones a su defendido JONATHAN JOSE CARRION MOCCO, para lo cual sugiere treinta días; en virtud de que el mismo va a ser intervenido quirúrgicamente, por habérsele diagnosticado Luxación Recidivante del Hombro Izquierdo, según informe médico, realizado por el Dr. Juan Iglesias; que consigna; lo cual le está generando problemas para cumplir con sus presentaciones periódicas; debido a que carece de recursos económicos para trasladarse hasta este Estado; residiendo igualmente su defendida en la ciudad de Maturín. Este Tribunal a los fines de decidir observa:
En fecha 07 de agosto del año 2006, este Tribunal acordó Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, a los imputados SORAYA MOCCO DE ORTEGA Y JONATHAN JOSE CARRION MOCCO, por considerarlos presuntamente incursos en la comisión del delito de Aprovechamiento de Vehículos Provenientes del Hurto o Robo; dicha medida consistió en presentaciones periódicas, cada 08 días, por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial. Ahora bien, verificado por el sistema juris 2000, el cumplimiento de dicha medida, por parte de los imputados; y visto que la Defensa consignó por ante este Tribunal, constancia médica donde se prueba lo alegado, con relación al imputado JONATHAN JOSE CARRION MOCCO; así como constancia de residencia del mismo. En consecuencia, a criterio de quien aquí decide, resulta procedente la solicitud realizada por la Defensa Pública, en tal sentido se amplia el régimen de presentaciones al ciudadano JONATHAN JOSE CARRION MOCCO, a cada treinta (30) días, y se acuerda el traslado de las presentaciones de los referidos imputados, hasta el Circuito Judicial Penal de Maturín, estado Monagas, y así se decide. Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda ampliar el régimen de presentaciones impuesto al imputado JONATHAN JOSE CARRION MOCCO, de cada 08 días, a cada 30 días; y se acuerda el traslado de las presentaciones de los referidos imputados, hasta el Circuito Judicial Penal de Maturín, estado Monagas, por el lapso de seis meses, contados a partir de la presente fecha; de conformidad con lo establecido en los artículos 264 y 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio al Jefe de la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, y a la Unidad de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
La Juez Primero de Control
Abg. Carmen Alcalá Rodríguez

El Secretario.
Abg. Yennys Mata.