REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
ASUNTO : RP01-P-2004-000011
Visto el escrito presentado por la Abg. SUSANA BOADA DE MARTINEZ en su carácter de Defensora Pública Penal de la penada: ROSANGELA DEL VALLE MALAVE MANEIRO en donde le solicita a este tribunal se autorice al Director del Internado Judicial de Cumaná para el traslado de la referida interna a un centro ambulatorio para la practica de unos exámenes de laboratorio por su estado de gravidez; este Tribunal Segundo de Ejecución, una vez analizado el presente escrito, sostiene que la salud es un derecho social fundamental que debe ser garantizado por los administradores de justicia como parte del derecho a la vida y más aún en las personas privadas de su libertad, por lo tanto este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Autoriza al Director del Internado Judicial de Cumaná, para el traslado de la interna: ROSANGELA DEL VALLE MALAVE MANEIRO Titular de la Cédula de Identidad No-15.936.566, a un centro ambulatorio para la practica de unos exámenes de laboratorio por su estado de gravidez, debiendo tomar el Director del Internado Judicial de Cumaná, todas las medidas pertinentes de seguridad que requiere el caso