REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 12 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2005-001142
ASUNTO : RP01-P-2005-001142



Visto el oficio N° 830 suscrito por JOSE LUIS PULIDO, en su carácter de Director del Internado Judicial de Cumaná, donde informa que el interno EDUARDO JOSE ACOSTA CARDOZO, titular de la cédula de identidad N° V- 15.575.991, amerita ser trasladado el día 15/12/2006 a las 7:00 AM. al Hospital Antonio Patricio de Alcalá de esta ciudad a los fines de asistir a consulta medica, y solicita autorización para trasladarlo hasta el referido Hospital para la fecha y hora pautada; en virtud de ello y visto que dicho petitorio no es contrario a derecho, este Juzgado Primero de Ejecución como garante de los derechos ciudadanos del penado EDUARDO JOSE ACOSTA CARDOZO, titular de la cédula de identidad N° V- 15.575.991, entre ellos el derecho a la salud, acuerda oficiar a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná, para que realice las gestiones necesarias a los fines que el penado de autos sea trasladado con las estrictas seguridades que el caso amerite hasta el Hospital Antonio Patricio de Alcalá de esta Ciudad el día 15/12/2006 a las 7:00 AM, para que se le practique evaluación médica relacionada con su estado de salud. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 10, 64, y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio respectivo. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
La Jueza Primero de Ejecución
MARLENY MORA SALAS

EL SECRETARIO
LUIS ALFREDO PRIETO