REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-003121
ASUNTO : RP01-P-2006-003121

Visto el petitorio del ciudadano Comandante de la Policía del Estado, en el cual solicita el traslado del interno Javier Santiago Cedeño, a quien se le sigue causa por el delito de violación, de que el mismo sea trasladado al Internado Judicial de Cumaná en virtud de que corre riesgo su integridad física en dicha Comandancia; este Tribunal para efectos de decidir sobre lo solicitado, observa que las instalaciones del Internado no solo están mayormente hacinadas de personas, sino que las mismas son comúnmente mucho más violentas que las de la Comandancia y el riesgo de atentados a su integridad se incrementaría sustancialmente; en consecuencia se acuerda oficiar al ciudadano Comandante de la Policía del Estado Sucre, se sirva en la medida de sus posibilidades aislar al señalado imputado, para así resguardar sus Derechos Fundamentales. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 219 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese oficio dirigido al ciudadano Comandante de la Policía del Estado Sucre. Notifíquese a las partes y remítase las presentes actuaciones al Fiscalía. Es todo, cúmplase.

El Juez

El Secretario

Douglas José Rumbos Ruiz

Jesús Milano Savoca