REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 21 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-003291
ASUNTO : RP01-P-2006-003291
Vista la solicitud de medida de protección de victima, solicitada ante este Despacho Judicial por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Luis Antonio Garreta Avila, en favor de la ciudadana MIRTA ELENA CASTILLO CABRITA, quién es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.772.583, Victima directa en la causa penal en fase de investigación identificada con el N° 19-F7-1C-1055-06, cursante ante la Fiscalía Séptima del Ministerio Público por el delito de Violencia Psicológica previsto en la Ley sobre la Violencia Contra La Mujer y la Familia; Este Tribunal advierte que debido a la especialidad por la materia a la que corresponden los hechos objeto de este proceso, como lo es la Violencia Intrafamiliar, lo procedente y ajustado a derecho es la aplicación de las medidas cautelares a las que se refiere el artículo 39 de la referida Ley, que a criterio de la Fiscalía del Ministerio Público, satisfagan las pretensiones de la victima, por lo que no es procedente lo solicitado por el Fiscal Superior de este Estado, Abogado Luis Antonio Garreta Avila , por lo que se niega la presente solicitud. Y así se decide-
Este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud presentada por el abogado Luis Antonio Garreta Avila, Fiscal Superior del Estado Sucre, y en consecuencia NIEGA la medida de protección sobre la Victima MIRTA ELENA CASTILLO CABRITA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.772.583.-
Notifíquese al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remítase la presente solicitud. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE CONTROL
Abg. FREDDY´S PERDOMO SIERRALTA
EL SECRETARIO
Abg. MARY CRUZ SALMERON