Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 14 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-003233
ASUNTO : RP01-P-2006-003233
Vista la solicitud de Protección al testigo, solicitada ante este Despacho Judicial por el Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Luis Antonio Garreta Avila; a favor de la ciudadana ALCIDES JOSE GUTIERREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.649.861, residenciado en Barrio Viejo, calle Bolívar, Casa 5566 (sic) el Peñón, parroquia Valentín valiente Municipio Sucre; Victima directa en la causa penal en fase de preparación cursante ante la Fiscalía Primera del Ministerio Público, N° 19-F1-1C-1028-06, manifestando tal como consta en el acta de entrevista la cual se anexa a la solicitud, donde manifestó ser objeto de amenazas de muerte por parte del ciudadano ALEXANDER ANTÓN Y DUGLAS ANTÓN quienes han asumido una actitud hostil a raíz de haber denunciado el delito de Lesiones y tal declaración consta en acta de entrevista presentada anexa a la solicitud de medida de protección.
Este Tribunal estima que existe un inminente peligro para la victima, y que es derecho de esta solicitar protección, siendo una obligación del Estado Venezolano protegerlas de hechos punibles de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es por lo que este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley acuerda Medida de Protección consistente en RECORRIDOS POLICIALES Y VISITAS DOMICILIARIAS de lunes a domingos, por el domicilio de la victima, ALCIDES JOSE GUTIERREZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 8.649.861, residenciado en Barrio Viejo, calle Bolívar, Casa 5566 (sic) el Peñón, parroquia Valentín valiente Municipio Sucre; en tal sentido se oficia al DIRECTOR DEL INSTITUTO AUTONOMO DE POLICÍA DEL ESTADO SUCRE, (I.A.P.E.S.), a fin de solicitarle la designación de los funcionarios adscritos a esa Institución que deban cumplir con el mandato de protección a la victima por un período de Tres (3) meses. Igualmente se Oficia al Fiscal Superior del Ministerio Público informándole de esta decisión y remitiendo la presente solicitud. Cúmplase.
EL JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. SAMER ROMHAIN
LA SECRETARIA
Abg. MILAGROS RAMIREZ.-.
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