REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 02 de Agosto del 2006
196° y 147°
Exp. N° 15.137

DEMANDANTE: PEDRO ZABALETA, titular de
la Cédula de Identidad Nº 3.027.656.

APODERADO (S): Abg. MIRNA SALAZAR, inscrita en el
InpreAbogado Con el Nº 35.566.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Carabobo Nº 183, de esta ciudad de
Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado
Sucre.

DEMANDADO (S): FADIA ALI ABOU OMAR DE SAUYOR, YOUSSEF
AHAMAD SAUYOR y JOEL MALAVE, titulares de
las Cédulas de Identidad Nros. 10.222.870,
10.881.093 y 10.885.308.

APODERADO (S): Abgs. VICTOR DIAZ ORTIZ, ROMULO URBANO
LUIGI y CARMEN GUERRA, inscritos en el
InpreAbogado bajo los Nros. 23.150, 29.569
y 30.163.

DOMICILIO PROCESAL: Calle Juncal, frente a la Plaza Bolívar de
esta ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez
del Estado Sucre, los dos primeros, y en la
Calle Los Cocos de Guayacán de Las Flores,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el
último.

MOTIVO: INTERDICTO DE OBRA NUEVA.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado en ejercicio VICTOR DIAZ ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.150, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Querellada en la presente causa, este Tribunal para proveer sobre lo solicitado previamente observa:
Que efectivamente por decisión dictada por el Juzgado Superior de este Circuito Judiciales fecha 04 de Julio de 2.006, el referido declaró:
<>

De manera que al declarar Inadmisible la demanda el Juzgador de la Alzada y Nulas todas las actuaciones posteriores, se produce procesalmente un efecto cascada de Nulidad de todas las actuaciones ocurridas dentro del mismo, y es evidente que siendo Nulo todo el proceso, la Hipoteca constituída para responder de los eventuales daños y perjuicios ocasionados siendo accesoria, no puede subsistir como en efecto así lo declara este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Así se decide.
En cuanto al pedimento formulado de que se notifique a los querellados, se acuerda de conformidad. Cúmplase lo ordenado.
La Juez,

Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,

Abg. Francis Vargas Campos.



SGDM-mmg.
Exp. Nº 15.137