REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 14 de Agosto del 2006
196° Y 147°
Sol. N° 4938.
SOLICITANTE: CARLOS FELÍX MATTEY NUÑEZ, Titular de
la Cédula de Identidad N° 3.425.728.
DOMICILIO PROCESAL: Urbanizaciónel Valle, Vereda 05, casa N° 2,
Municipio Bermúdez del Estado Sucre.
APODERADO: No otorgó Poder.
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Vista la solicitud presentada por el ciudadano CARLOS FÉLIX MATTEY NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.425.728, asistido del abogado LUÍS ENRIQUE MILANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.402 y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanos: PEDRO JOSÉ BRAVO GONZÁLEZ Y ERASMO JOSÉ ZAPATA ÁVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 1.447.371 y 3.423.906, ambos de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL EXTINTO FÉLIX MATTEY CARRIÓN, a los ciudadanos CARLOS FÉLIX MATTEY NÚÑEZ, CARMEN EUDORINA NÚÑEZ DE MATTEY Y RONALD ENRIQUE MATTEY NÚÑEZ de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados.- Así se decide.
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
Constante de Catorce (14) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-
La Secretaria,
Francis Vargas Campos.
SGDM-rbg.
Sol. Nº 4.938