REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO





LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
CARÚPANO, 01 de Agosto del 2006
196° y 147°
Sol. N° 4.926.

SOLICITANTE: LUCRECIA DEL VALLE LONGART FUENTES, Titular
de la Cédula de Identidad N° 17.955.965.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó

APODERADO: No otorgó Poder.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: LUCRECIA DEL VALLE LONGART FUENTES, venezolano, mayor de edad, soltera, domiciliado en Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.955.965, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio, ciudadana: YAMILETH ROBLES DE HENRIQUEZ, de éste domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.215, y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos, ciudadanas: YSABEL DEL VALLE MUJICA y VICENTE GRISELIDE MARCHAN, Venezolanas, mayores de edad, amabas con domicilio en Sector Cerro Colón, Casa s/n, Población de Rió Caribe, Jurisdicción del Municipio Arismendi del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 10.215.783 y 6.074.966, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Tribunal, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Extinto: DELFÍN DEL JESÚS LONGART MARCANO, a los Ciudadanos: RENY JOSÉ, MARIA ALEJANDRA Y KATERYN DEL CARMEN LONGART FUENTES, así como a la solicitante, ciudadana: LUCRECIA DEL VALLE LONGART FUENTES, venezolano, mayor de edad, soltera, domiciliado en Rió Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre y titular de la Cédula de Identidad Nº 17.955.965, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se Decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.
Abg. Francis Vargas C.

Constante de Trece (13) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,









SGDM/Fvc/ajno.
Sol 4926.-