REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
CUMANÁ, 10 DE AGOSTO DE 2006
196° y 147°


Vista la diligencia anterior, cursante al folio 09 del presente expediente, suscrita por la ciudadana DELFINA CONTRERAS DE FUENTES, ampliamente identificada en autos y con el carácter acreditado en los mismos; debidamente asistida por el Abogado en ejercicio y de este domicilio JUAN CARLOS BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.472, mediante la cual DESISTE del presente juicio; y asimismo, solicita le sea devuelto el documento original del inmueble objeto de la presente demanda, previa certificación en autos; se le dio cuenta a la Juez de la misma. En consecuencia, este Juzgado le imparte la HOMOLOGACIÓN al DESISTIMIENTO planteado, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; y ordena la devolución del original solicitado, previa su certificación en autos. Ello en virtud del Juicio ACCION REIVINDICATORIA intentado por la Ciudadana DELFINA CONTRERAS DE FUENTES contra la Ciudadana VICENTA DEL VALLE FUENTES CONTRERAS.
LA JUEZ PROVISORIO.,

Abog. YLIMAR OLIVEIRA DE CARABALLO



LA SECRETARIA

Abog. ROSELY PATIÑO RODRIGUEZ










HOMOLOGACIÓN: DESISTIMIENTO
Materia: Civil Especial Ordinario
Exp. N° 6336.06
YOdC/mc.-