REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN CARUPANO

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCION

Carúpano, 24 de Agosto de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001820
ASUNTO: RP11-P-2005-001820


AUTO ACORDANDO LA PRESENTE SOLICITUD


Vista la solicitud de fecha 23/08/2006, hecha por el Abg. Edgar Alexander Brito en su condición de Defensor Público del penado, MIGUEL ANGEL MENDOZA GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 13-09-1982, titular de la Cédula de Identidad N° V- 16.576.153, fue condenado a cumplir la pena de Doce (12) Años y Ocho (08) Meses de Presidio, por la comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Alfredo López Caldea, en la que solicita con la emergencia del caso el traslado al Hospital General de Carúpano. Este Tribunal Segundo de Ejecución, acuerda analizar la presente solicitud:

Vista y analizada la presente solicitud y observando la emergencia del caso, este Tribunal Segundo de Ejecución acuerda el Traslado del Penado al Hospital General de Carúpano, a los efecto de que se tratado de las patologías que presenta en los Pulmones y en consecuencia se le ordena al Director del Penal de Carúpano, practicar el traslado del penado tomando las precauciones que amerite en cuanto a su seguridad.

Notifíquese, al Director del Internado con la Urgencia del Caso, al Defensor Público Penal Abg. EDGAR ALEXANDER BRITO TORREZ, al Penado MIGUEL ANGEL MENDOZA GUTIERREZ, y al Fiscal Público Penitenciario. Así se acuerda; Cúmplase.
El Juez Segundo de Ejecución
Abg. Abelardo R. Royo H.

La Secretaria
Abg. María Acosta,


.