REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO : RL01-P-1994-000002

Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de enezuela y por autoridad de la ley, Declara cumplida y por consecuencia extinta la pena corporal del penado: OSWALDO JOSE OTERO quien es venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N°-11.824.090, hijo de Zoraida Otero y Pedro Malavé, residenciado en El Brasil, Sector 1, vereda 16, No-94, Cumaná, Estado Sucre; que le fuera impuesta por el Juzgado Superior en lo Penal del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre.
Se ordena remitir las presentes actuaciones al archivo central a los fines de su guarda y custodia. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 496, 498 del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal. Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución de sentencias del Ministerio Público, a la Defensa Pública Penal, Susana Boada de Martínez. Ofíciese al Director del Internado Judicial de Monagas, anexándole Boleta de libertad Plena.