REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCION
Cumaná, 22 de Agosto de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RK01-P-2002-000025
ASUNTO : RK01-P-2002-000025


En virtud de no cursar en las actuaciones certificación de antecedentes penales del penado GERMAN ANTONIO JIMENEZ HIDALGO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V 7.499.498, quien fuera condenado en fecha 15/12/2.003, por el Tribunal Mixto Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal, Sede Cumaná, Estado Sucre. (cursante a los folios 322 al 369, ambos inclusive de la tercera pieza procesal) contra la cual se interpone Recurso de Revisión por el penado GERMAN ANTONIO JIMENEZ, declarándose con lugar, rectificando y ajustando la pena impuesta por el Tribunal, quedando en definitiva la pena a cumplir en DIEZ (10) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias legales, por el delito de Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; quien se encuentra recluido en el Internado Judicial de Santa Ana de Coro Estado Falcón; penado aspirante a la FÓRMULA ALTERNATIVA AL CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO, (RÉGIMEN ABIERTO) prevista y sancionada en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, para decidir sobre el otorgamiento de la medida previamente observa:
El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 501 establece que se deben reunir los siguientes requisitos para proceder al Otorgamiento de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena como es el Régimen Abierto señalándose como requisitos:
Antecedentes penales del Penado los cuales no constan en el expediente.
Que no haya cometido algún delito o falta durante su reclusión no consta en el Expediente
Pronostico Favorable del Equipo Multidiciplinario
Que no se le haya revocado alguna Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena
Que haya Observado Buena Conducta.
De los requisitos antes señalados nos falta incorporar al expediente para proceder a decidir sobre lo solicitado los Antecedentes penales del Penado constancia que no haya cometido algún delito o falta durante su reclusión
Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo dispuesto en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal ORDENA Oficiar con carácter de Urgencia a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, a los fines de que se remita a este Despacho los antecedentes penales que pudiera tener el penado de autos, al Director del Internado Judicial de Santa Ana de Coro del Estado Falcón, a los fines de que remita constancia que no haya cometido algún delito o falta durante su reclusión notifíquese a las partes de la presente decisión. CUMPLASE.
LA JUEZA PRIMERA DE EJECUCION
MARLENY MORA SALAS

LA SECRETARIA
KAREN VILLAMIZAR COLS