REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 4 de Agosto de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001920
ASUNTO : RP01-P-2006-001920


Por recibido oficio número 19F8-838-06, de fecha 02 de agosto de 2006, emanado de la Fiscalía Octava del Ministerio Público de este Circuito Judicial y suscrito por la Abogada Ángela García, mediante el cual solicita de este Juzgado se expida MANDATO DE CONDUCCION, para hacer comparecer ante ese despacho fiscal a las ciudadanas DIOLYS DANIELA MAESTRE Y BIANCA AGUILERA, con la finalidad de ser entrevistadas en causa penal, siendo que el Fiscal solicitante ha manifestado que las mismas han sido citadas en reiteradas oportunidades y no han comparecido a tales fines se estima ajustada a derecho la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia a los fines de la investigación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal ACUERDA EXPEDIR MANDATO DE CONDUCCION, para que por la fuerza pública y con el debido respeto de sus derechos constitucionales, sean conducidas de manera inmediata las ciudadanas DIOLYS DANIELA MAESTRE y BIANCA AGUILERA, domiciliadas, la primera en La Urb. El Bosque, Calle Las Berberías, Manzana E, casa N° 09 Cumaná, y la segunda en la Urb. Gran Mariscal de Ayacucho, Edf. 210, planta baja, Apto. 01, Cumaná estado Sucre, hasta la sede de la Fiscalía solicitante a objeto de que sean entrevistadas sobre los hechos que se investigan, en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción que deberá efectuarse el día 09 de agosto de 2006, a las 08:00 de la mañana; en consecuencia a los fines de su ejecución por funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, se acuerda la remisión del mandato junto con oficio a su Comandante General, a los fines de que gire las instrucciones pertinentes, asimismo se ordena que el o los funcionarios autorizados para su ejecución, presenten junto con el Mandato de Conducción, sus respectivas credenciales y se acuerda remitir inmediatamente las presentes actuaciones al despacho fiscal. Es todo. Cúmplase.-

El Juez

El Secretario

Douglas José Rumbos Ruiz

Jesús Milano Savoca