REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control - Cumaná
Cumaná, 2 de Agosto de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2006-001333
Vista y analizada la solicitud de Sobreseimiento de la causa presentada por representante de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público Dra. Mariuska Gabaldón, de esta Circunscripción Judicial; a favor de los ciudadanos Luzmila Cova y René Sant Villafañe Vernon, por la comisión del delito de Lesiones Culposas en accidente de tránsito, en perjuicio del ciudadano Domingo Rafael Perdomo; fundamentó su solicitud en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal.

DEL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
La presente causa se inicia en fecha 08 de febrero de 2003, por accidente de tránsito, en donde aparecen como responsables Luzmila Cova y René Sant Villafañe Vernon, y como víctima el ciudadano Domingo Rafael Perdomo; hecho ocurrido en la misma fecha en la vía Cumaná-Cumanacoa, sector Agua Santa, Municipio Sucre Estado Sucre.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

1º) Cursa en el expediente, en el folio 05, acta policial suscrita por funcionario de Tránsito, quien señala las circunstancias de tiempo modo y lugar en que ocurrieron los hechos; señalándose que el hecho ocurrió en fecha 08 de febrero de 2003.
2º) Cursa en el folio 19 informe médico forense de donde se desprende la calificación de las lesiones.

Con los elementos descritos se evidencia que en fecha 08 de febrero de 2003, lo que a simple vista denota que operó la prescripción, en virtud de que la misma no fue interrumpida por acto procesal alguno, y habiendo transcurrido más de tres año desde que ocurrió el hecho y se individualizó a los responsables, lo que a criterio de este Tribunal se cristalizó la prescripción prevista en el ordinal 5 del artículo 108 del Código Penal.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley SOBRESEE la causa por la comisión del delito de Lesiones Culposas Graves, a los ciudadanos Luzmila Cova y René Sant Villafañe Vernon, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.422.581 y 11.832.856, por la comisión del delito de Lesiones Culposas en accidente de tránsito, en perjuicio del ciudadano Domingo Rafael Perdomo. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y el ordinal 5 del artículo 108 del Código Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo y posteriormente al juzgado de ejecución en el lapso legal correspondiente. Es todo, Cúmplase.

El Juez

El Secretario

Douglas José Rumbos Ruiz

Jesús Milano Savoca