REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENCIÓN CARUPANO

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
CARÚPANO, 24 de Abril del 2006
196° Y 147°

Sol. N° 4.870

SOLICITANTE: OMERO JOSE BRITO GOFFI, Titular de
la Cédula de Identidad N° 4.036.836.

MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA:

Vista la solicitud presentada por el ciudadano: OMERO JOSE BRITO GOFFI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.036.836, con domicilio en Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; y estudiadas como han sido las declaraciones de las testigos ciudadanas: MERY DEL VALLE MARTINEZ y FÁTIMA RODRIGUEZ DE OREA, Venezolanas, mayores de edad, con domicilio en Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.044.153 y 5.899.692, respectivamente, los cuales rindieron sus declaraciones por ante el Juzgado del Municipio Valdez del Segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ellos demostraron lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto: MAURO ANTONIO BRITO COFFI al ciudadano: OMERO JOSE BRITO GOFFI, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 14.036.836, con domicilio en Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre; de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Devuélvase todo original con sus resultados. Así se decide.
La Juez,
La Secretaria,
Abg. Susana García de M.-
Abg. Francis Vargas C.

Constante de Once (11) folios útiles, se devuelve todo original con sus resultados.-

La Secretaria,









SGM/Fvc/ajno.-
Sol 4870.-