REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL
Carúpano, 3 de Abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2006-001213
ASUNTO: RP11-P-2006-001213

SENTENCIA INTERLOCUTORIA
MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD.

Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Acuerda la medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado Alberto José Salazar, venezolano, titular de la Cédula de identidad N°- 12.291.644, nacido en fecha 11-03-72, de 35 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de Venidle Salazar y Alberto Salazar y domiciliado en la Urbanización Nuestra Señora del Pilar Calle 7, casa n° 4, El Pilar Municipio Benítez del Estado Sucre, en virtud de encontrarlo incurso en el delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio de Luisa Del Carmen Cedeño Larez, debiéndose presentar cada 15 días por el lapso de seis meses por ante la comandancia del Municipio Benítez del Pilar, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Librese oficio junto con boleta de Libertad, al comandante de policía del Pilar y participándole a cerca de las presentaciones.. Se acuerdan las copias simples. Es todo terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Quinta de Control

Abg. Ysmenia Fernández Hernández


El Secretario Judicial

Abg. Carmen Marisandra Milano