REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO LOPNA


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de Cumaná
Sección Adolescentes
Cumaná, 17 de Abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-D-2005-000042
ASUNTO : RP01-D-2005-000042

Por recibido el oficio N° FRPA-19F06-1-C-0810-06, emanado de la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, mediante el cual solicita a éste Tribunal se constituya de manera unipersonal en virtud que el delito por el cual será procesado el acusado: JUAN VÍCTOR ROJAS PINTO, no se encuentra señalado en el artículo 628 parágrafo 2° literal “a” de la LOPNA; este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: Que el sancionado de autos fue acusado en fecha 30-09-2005, por el delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley sobre robo y Hurto de Vehículo automotor.
SEGUNDO: Que el delito por el cual fue acusado el adolescente de auto, no es de los que ameritan como sanción la privación de la libertad de conformidad con el artículo 628 parágrafo 2° de la LOPNA.
TERCERO: que el artículo 584 de la Ley especial, establece que el Tribunal se constituirá con escabinos cuando la sanción solicitada en la acusación sea la privación de la libertad, y que efectivamente el Ministerio Público incurrió en un error al solicitar la sanción más gravosa en el presente caso.
CUARTO: Que la solicitud formulada por el Ministerio Público no es contraria a derecho.
RESOLUCIÓN JUDICIAL
Es por todo lo expuesto que éste Tribunal de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud formulada por el Ministerio Público y en consecuencia acuerda: 1.- Notificar a las partes. 2.- Librar oficio al I.A.P.E.S, a fin que ubiquen y trasladen hasta la sede de éste Circuito Judicial Penal el día y hora fijados para la audiencia oral y reservada al acusado de autos, ciudadano: JUAN VÍCTOR ROJAS PINTO, titular de la cédula de Identidad N° V- 22.627.209, nacido el 13-07-1987 domiciliado en el Peñón, sector la Sabana, casa N° 14 de ésta ciudad. 3.- Fijar el día 30-05-2006 a las 10: 00 A.M, a fin que se realice el juicio oral y privado en la presente causa. Líbrense Boletas y oficios. Así se decide. Cúmplase.-
La Juez de Juicio,

Dra. Ayskel Martínez de Muñoz.

La Secretaria,

Abg. Rosa Marcano.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

La Secretaria,

Abg. Rosa Marcano.