REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

ASUNTO PRINCIPAL : RL01-P-2003-000023
ASUNTO : RL01-P-2003-000023

Visto el contenido del oficio N° 19F-1°E-0413, suscrito por el Fiscal del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia, Abg. Manuel Cano Pérez, recibido por este despacho el día 31-03 del corriente año, donde informa Que el penado: ABRAHAN MARIN HERNANDEZ, portador de la cedula de identidad N° V- 14.887.777, No ha regresado al C.T.C “Dr. Diego Bautista Urbaneja” y del cual no se ha tenido noticias desde el 22-03-06. Es por ello que este Tribunal Segundo de Ejecución, acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado: ABRAHAN MARIN HERNANDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad N° V- 14.887.777 y remitirla a los Cuerpos Policiales, para que procedan a su CAPTURA y posterior traslado al Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Segundo de Ejecución. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al Fiscal de Ejecución del Ministerio Público, la defensa y ofíciese a la Dirección del C.T.C.” Diego Bautista Urbaneja”, Dirección del internado judicial de Cumaná