REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 28 de Abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2003-000051
ASUNTO : RP01-P-2003-000051


Visto el Oficio N°. 654, de fecha 18/04/06, emanado del Director del Internado Judicial de Carúpano, T.S.P. DENIS MENDEZ en donde solicita el Traslado Voluntario del Penado ANGEL RAFAEL MORALES titular de la Cédula de identidad N° V.- 13.360.372 en virtud de escrito que acompaña al presente oficio suscrito por el penado donde señala querer ser trasladado al INTERNADO JUDICIAL DE BARCELONA ESTADO ANZOATEGUI a objeto de resguardar su integridad física. A tal respecto este Tribunal Primero de Ejecución SE AVOCA AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA y acuerda oficial al Director del Internado Judicial de la Ciudad de Carúpano a fin de que se le resguarde la integridad física al penado y sea trasladado el día miércoles 03 de mayo a las 10:00 AM a este tribunal a objeto de tener una entrevista con el penado para que ratifique el contenido del escrito donde solicita su traslado igualmente se ordena Oficiar al Jefe de Servicios Judiciales de este Circuito Judicial Penal a fin de informarle que la Unidad de Alguacilazgo recibe este oficio a las 10:47 AM y es entregado a la Coordinadora de Secretaria a las 4:00pm librese con urgencia los correspondientes oficios y la boleta de traslado del penado para el día y hora señalados notifíquese a las partes. CÚMPLASE.
La Jueza Primero de Ejecución
Marleny Mora Salas

La Secretaria
Ivette Figueroa Baptista
ANGEL RAFAEL MORA