REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 26 de abril de 2006
196º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000253
ASUNTO : RP01-P-2004-000253

Visto el Oficio N° U.T.A.S.P.03-Cná.2006-233 de fecha 20/04/2006, suscrito por la Lic. Carmen Emilia Osuna, Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Cumaná, Región Oriental, remitiendo informe Psico-Social correspondiente al penado JOSÉ FÉLIX VICENT, venezolano, nacido en fecha 19/10/1984, titular de la cédula de identidad n° V-17.672.691, aspirante a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo; este Tribunal de Ejecución, una vez recibido los resultados de la evaluación psico-social practicado al mismo, pasa a realizar las siguientes consideraciones: al examinar el informe psico-social elaborados por los Lic. Oswalda Carreño Montaño y Lic. José Fernández Tudanca, en el que dejan constancia de que el penado no reúne los requisitos necesarios para optar a la medida de Destacamento de Trabajo, del mismo modo, considera las siguientes características psicosociales: Inadecuada autocrítica, altos niveles de impulsividad y agresividad, pocos mecanismos de autocontrol, deficiente internalización de valores éticos y morales en función del respeto a los demás y de las sanas y buenas costumbres y precarios mecanismos de contención externos e internos, y por lo tanto su pronunciamiento es DESFAVORABLE. En consecuencia y visto que la opinión favorable del equipo multidisciplinario es vinculante para el juez a la hora de otorgar cualesquiera de las fórmulas alternativa al cumplimiento de pena y Beneficios a que diere lugar; este Tribunal Itinerante de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, fundamentándose en lo previsto en el numeral 1° del artículo 479, y el numeral 3 del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA al penado JOSÉ FÉLIX VICENT, venezolano, nacido en fecha 19/10/1984, titular de la cédula de identidad n° V-17.672.691, el otorgamiento de la Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena de Destacamento de Trabajo. Así se decide.

DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Itinerante de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, NIEGA al penado JOSÉ FÉLIX VICENT, venezolano, nacido en fecha 19/10/1984, titular de la cédula de identidad n° V-17.672.691, actualmente recluido en el Internado Judicial de Cumaná, EL OTORGAMIENTO DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO, ya que el penado en cuestión no reúne los requisitos necesarios para optar a la referida medida. Todo con fundamento a lo previsto en el numeral 1° del artículo 479, y el numeral 3 del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal Publíquese. Se fija la Audiencia Oral para imponer al penado JOSÉ FÉLIX VICENT, de la presente decisión el día, jueves 04/05/2006 a las 10:00 de la mañana, en la sede del Internado Judicial de Cumaná, ello en virtud de la Emergencia carcelaria decretada por el Ejecutivo Nacional.
Notifíquese a la Defensa y al Fiscal Primero de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial. Ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de Cumaná notificándole sobre la negativa del otorgamiento DE LA FÓRMULA ALTERNATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LA PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO al penado JOSÉ FÉLIX VICENT e informándole que el día jueves 04/05/2006 a las 10:00 de la mañana, se trasladará este Juzgado a la sede del Internado Judicial a los fines de imponer al penado de la negativa del Beneficio, ello en virtud de la Emergencia carcelaria decretada por el Ejecutivo Nacional. Librese los oficios y las notificaciones respectivos. Cúmplase.-
Juez Itinerante de Ejecución,


Abg. Francys Rivero
Secretario,
Abg. Jesús Milano Savoca