REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Primero de Ejecución - Cumaná
Cumaná, 17 de abril de 2006
195º y 147º

ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2004-000046
ASUNTO : RP01-P-2004-000046

Visto el oficio n° 19F1°E-0463 de fecha 07/04/2006 emanado del Fiscal Primero del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencia del Estado Sucre, mediante el cual remite copia de Comunicación n° 788 de fecha 30/03/2006, emanada del Internado Judicial de Sucre, relacionada con el Destacamentario ENGEL JOSÉ CAMPOS VALLEJO, así mismo solicita se libre Orden De Aprehensión contra el citado penado y una vez que la misma se haga efectiva, convocar a una audiencia a tenor del artículo 483 del Código Orgánico Procesal Penal; este Tribunal revisadas las actuaciones que conforman la presente causa, observa que en fecha 31/03/2006 este Juzgado visto el informe remitido por el Director del Internado Judicial de Cumaná, acordó librar Boleta de Captura contra el penado ENGEL JOSÉ CAMPOS VALLEJO y una vez que conste en actas procesales la captura del mismo, este tribunal procederá a fijar fecha para realizar la Audiencia Oral donde se decidirá lo relativo a la Revocatoria de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena que disfrutaba el penado de autos, ordenándose librar las correspondientes notificaciones a las partes y los oficios respectivos, en virtud de lo expuesto; este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara Improcedente la solicitud Fiscal, por cuanto resultaría inoficioso proveer sobre lo ya decidido. Todo de conformidad con el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Librese notificación al Fiscal del Ministerio Público, notificándole que se declaró Improcedente su solicitud, ello en virtud que este Tribunal en fecha 31/03/2006 ordenó la captura del penado ENGEL JOSÉ CAMPOS VALLEJO, librándose las notificaciones a las partes y oficios respectivos. Librese notificación a la Abg. Susana Boada de Martínez, Defensa Pública Penal, notificándole que este tribunal en esta misma fecha declaró Improcedente la solicitud del Representante del Ministerio Público, relacionado con la orden de captura contra el penado ENGEL JOSÉ CAMPOS VALLEJO. Librese notificaciones respectivas. Cúmplase.-
Juez Itinerante de Ejecución,
Abg. Francys Rivero
Secretario,

Abg. Carlos Julio González