REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio - Cumaná
Cumaná, 20 de Marzo de 2006
195º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : RJ01-S-2002-000004
ASUNTO : RJ01-S-2002-000004
AUTO DE REGULACION JUDICIAL
Por cuanto este Tribunal observa que en fecha 12 de Diciembre de 2005 se levantó acta en la que se acordó diferir la celebración del juicio oral y publico en la presente causa, entre otras razones por la incomparecencia del acusado y de su Defensor y visto que en fecha 12 de Enero de 2006, este Despacho dictó auto mediante el cual acuerda notificar al acusado del deber de comparecer por ante este Tribunal a la brevedad posible a fin que designe nuevo defensor, en razón que el que venía desempeñando tal función se encuentra actualmente cumpliendo funciones de Juez, y por cuanto de revisión efectuada del sistema Juris 2000 y de autos, se observa que dicha notificación se materializó positivamente, y no constando en autos que el acusado MINGUIART JOSE PEREZ, haya comparecido a dar cumplimiento a lo ordenado por este Tribunal y en consecuencia a la designación de un defensor de su confianza, es por lo que este Tribunal encontrándose por imperativo constitucional y legal, obligado a velar por la regularidad del proceso y procurar por todos los medios suministrados por las normas vigentes, lograr materializar los principios de celeridad procesal y justicia expedita para garantizar la tutela judicial efectiva que clama el país, en este nuevo estado de Derecho y de Justicia, y visto que el acusado no ha de comparecido a ejercer en autos su derecho, de designar un defensor de su confianza, a tenor de lo previsto en el artículo 137 del Código Orgánico Procesal penal, es por lo que se acuerda designarle un defensor público que le asista en la presente causa.-
DECISION
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículos 104 y 137 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda oficiar a la Coordinación de Defensa Pública Penal, en este Circuito Judicial, a los fines que proceda a la brevedad posible a nombrar un defensor integrante de ese servicio público, para que asista al acusado MINGUIART JOSE PEREZ en la presente causa, y una vez conste en autos la identificación del profesional del derecho que asumirá tal defensa, se procederá a la fijación de la oportunidad para la celebración del juicio oral y publico en la causa seguida a dicho acusado.- Así se decide.- Líbrese Boleta de Notificación.-
La Juez Tercera de Juicio
Abg. Rosiris Rodríguez Rodríguez
La Secretaria
Abg. Rosiris Rodríguez Rodríguez
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