REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 22 DE Septiembre del 2.005
195° Y 146
Exp. N° 15.122
DEMANDANTE: JOSÉ LINO ROJAS, titular de la Cedula de
Identidad N° 5.545.204.
DOMICILIO PROCESAL: Calle Bermúdez, frente al Estadio Roque
Espinoza, casa sin número.
APODERADO (S): No otorgo Poder.
DEMANDADO: JUANA MARITZA BONILLO ROMERO, titular de
La Cedula de Identidad N° 5.872.640.
DOMICILIO PROCESAL: No constituyó.
APODERADO (S): No otorgo Poder.
MOTIVO: DIVORCIO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
Visto el escrito presentado por los ciudadanos: JOSÉ LINO ROJAS y JUANA MARITZA BONILLO de ROJAS, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, domiciliado el primero en Tunapuy, Municipio Libertador del Estado Sucre y la segunda en el Estado Nueva Esparta, titulares de las Cedulas de Identidad Nros: 5.545.204 y 5.872.649 respectivamente, asistidos por las Abogados ENID FERNANDEZ y ROSA DÍAZ, inscritas en los Inpreabogado bajo los Nros: 102.806 y 88.562, en la cual desisten del procedimiento y de la acción, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente. Así se decide.-
La Juez,
Abg. Susana García de Malavé
La Secretaria,
T.S.U. Francis Vargas c.
Exp. Nro. 15.122.-
SGDM/Fvc/dr.-
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